Arash Arjomandi
Filósofo y profesor de la Universidad Autónoma de Barcelona
Buena parte de los teóricos contemporáneos de la justicia destacan dos grandes requisitos que debe cumplir una sociedad para tener la sensación de disfrutar de justicia económica y social: la libertad y la imparcialidad.
Es obvio que las partes implicadas (sean personas, corporaciones o administraciones públicas) deben poder ejercer, por un lado, sus libertades básicas por igual. Sin embargo, esta exigencia es en sí misma contradictoria por cuanto la igualdad y la libertad parecen excluirse; ser libre significa, sobre todo, poder elegir de un modo diferente a otros. La única forma de sortear el carácter antinómico de este criterio es entender la libertad en términos óptimos, no en su versión de máximos: la equidad en la libertad solo es posible si se aplica la reciprocidad.
Pero, para percibir justicia, la igualdad en el uso de las libertades no es suficiente, puesto que la lotería natural (carácter biológico, constitución genética y ubicación geográfica) que le toca a cada cual y la rifa social (condiciones sociales en las que uno se encuentra de entrada sin haberlas elegido) generan siempre mayores oportunidades económicas para unos que para otros. La justicia exige equidad o imparcialidad también en las oportunidades de facto (laborales, sociales, económicas y de poder).
En el mundo de los negocios esta imparcialidad en el reparto de las posibilidades de desarrollo, promoción y decisión tiene que ver con los recursos (humanos y materiales). Pero, en virtud de ese requisito de la libertad, solo podemos esperar tal imparcialidad en los recursos objetivos, no en el ámbito subjetivo de las preferencias personales.
Y bien, el único modo de compatibilizar libertad y equidad de oportunidades, pasa por alguna forma de redistribución; solo así se pueden corregir las desventajas que no son fruto de las libres opciones personales, sino que son resultado azaroso de la lotería natural o social. Pero nunca se conoce con plena objetividad la trayectoria hecha por cada una de las partes en una interacción social. No siempre se puede saber qué desventajas se deben corregir por rifa natural o social, y no por ser resultado de pasividades voluntarias.
De ahí que los recursos que una sociedad debe pedir a los más aventajados para redistribuirlos a los más desfavorecidos deben ser de tal forma y en tal cantidad que, tras la redistribución, lo que se haya equiparado o convergido sean las condiciones iniciales. A partir de esa corrección, será el esfuerzo, las preferencias y las elecciones de cada miembro lo que marcará las diferencias. Pero ahora, por ser efecto y resultado de unas condiciones iniciales de imparcialidad, las diferencias serán percibidas y consideradas ya justas.
Fuente: Diario Expansión del 14 de enero de 2019
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